Mayores de 40 años y acceso al empleo
- Mayores en Acción La Plata
- 27 jun 2017
- 5 Min. de lectura
La desocupación es Argentina es un problema estructural que genera complicaciones e incertidumbre en la población. Según el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos la tasa de desocupación para el primer trimestre de 2017 asciende a 9,2, sumado a los problemas de precarización laboral, subocupación, inestabilidad, entre otros malestares del ámbito laboral que parecieran convertirse en moneda corriente.
Estas dificultades son aún más importantes para personas con más de 45 años de edad, lo que genera inconvenientes para luego acceder a una jubilación o incrementar la misma por encima de la mínima. También, como hemos señalado el haber mínimo jubilatorio no es suficiente para garantizar una buena calidad de vida de las personas mayores, por lo que aun accediendo a la misma, hay muchas personas mayores que deben continuar en actividades para acceder a otros ingresos. Lo que, a su vez, puede provocar problemas de salud o agravar cuadros existentes.
Según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) en su Informe sobre Mercado de trabajo, principales indicadores (EPH), del Primer trimestre de 2017, los problemas de salud o tratamientos de larga duración comienzan en general a partir de los 40 años de edad, y se incrementan con el tiempo.

A su vez, en la Encuesta de Protección y Seguridad Social, se analizó la situación previsional de las personas de más de 45 años, afirmando que “La posibilidad de acceder a una jubilación de este grupo de edad se ve más comprometida en los dominios estadísticos de Corrientes (55%), Chaco (51%) y Jujuy (48%) donde una de cada dos personas con 45 años y más no tienen aportes realizados ante la seguridad social o presentan más de 10 años de rezago previsional. Por otra parte, la situación de no aporte y de rezago de más de 10 años también es crítica en 24 Partidos del Conurbano Bonaerense (41%), Catamarca (39%), Río Negro (37%)” (ENAPROSS II, 2015).
Teniendo en cuenta estas problemáticas, el Seguro por Desempleo en Argentina se extiende automáticamente por seis meses para las personas mayores de 45 años. Quienes presentan mayor dificultad para conseguir trabajo en un mercado que cada vez emplea a menor cantidad de personas. Este Seguro pertenece al campo de la protección social, ya que además de una prestación monetaria los beneficiarios reciben otros planes como la Asignación Universal por Hijo, asistencia médica y orientación y capacitación para encontrar un nuevo empleo.
La distinción entre protección social y seguridad social se centra en que: “En términos generales, la seguridad social es instituida con el fin de proveer certidumbre y asegurar a las personas frente al riesgo de pérdidas de ingresos o shocks de gastos asociados con el retiro en la vejez, invalidez, enfermedad, accidentes o fallecimiento. Por su parte, la protección social abarca un campo más amplio que el de la seguridad social, ya que incluye no solo los tradicionales seguros sociales contributivos, sino también otros esquemas no contributivos de transferencias Así, dentro de los programas de protección social se consideran los seguros sociales contributivos (pensiones de vejez, invalidez y fallecimiento; riesgos ocupacionales; prestaciones por desempleo; y asignaciones familiares) y los programas de transferencias no contributivos, destinados generalmente a aliviar la incidencia de la pobreza” (Roffman & Apella, 2016).
La protección social es financiada por el Estado, a través de rentas, impuestos, aportes directos, entre otros. Sin embargo, en el caso específico del Seguro por Desempleo no es suficiente para incluir social y laboralmente a los desempleados, en especial a los mayores de 45 años. En primer lugar, porque el monto percibido por ellos es menor a un salario mínimo, vital y móvil, y por períodos muy acotados. De acuerdo a las Leyes N° 24.013 y N° 25.371, el monto de la prestación económica varía de acuerdo al tiempo trabajado al igual que las cantidad de cuotas a percibir del mismo. En cualquier caso, no puede ser menor a $1875 ni superior a $3000.
La Ley N° 24.013 establece en su artículo 117 que “El tiempo total de prestación estará en relación al período de cotización dentro de los TRES (3) años anteriores al cese del contrato de trabajo que dio origen a la situación legal de desempleo con arreglo a la siguiente escala":
Período de Cotización Duración de las prestaciones
De 6 a 11 meses 2 meses
De 12 a 23 meses 4 meses
De 24 a 35 meses 8 meses
36 meses 12 meses
Además, este subsidio está destinado solo a personas que trabajaron en el mercado formal y cuyos empleadores realizaron los aportes correspondientes al Fondo Nacional de Empleo. Es decir, quedan excluidos alrededor de un tercio de los trabajadores del país que desarrollan sus actividades en el sector informal.
Con relación a las dificultades para conseguir empleo por parte de las personas mayores de 35/40 años: “El momento en el ciclo de vida es otro aspecto clave en la percepción subjetiva de la desocupación y en la posibilidad objetiva de poder salir de dicha condición. La edad aparece repetidamente como una restricción clara a poder encontrar nuevamente un empleo. Los estudios etnográficos lo muestran una y otra vez: en el actual mercado de trabajo argentino el tener 40 años siendo hombre o 35 siendo mujer, ya opera como una limitante a poder obtener un empleo. (…)En el estudio de Kessler (1996), los entrevistados también señalan a la edad como una limitante para encontrar trabajo. Sostienen que algo que para ellos tiene mucho valor, como es la experiencia que da la edad, el saber acumulado por los años, se transforma en su principal “handicap” al momento de buscar empleo. Galli y Malfé, (1996) también identifican esta dificultad enfatizando que la vulnerabilidad característica que se deriva de la llamada “crisis dela mitad de la vida” se acentúa en el caso de los desocupados hasta el punto tal de precipitar depresión severa o trastornos psicosomáticos. Al criterio de la edad, se le suma otro, el del nivel educativo, el cual no necesariamente viene justificado por puestos de trabajo que exigen una mayor calificación” (Cerruti, 2002).
En conclusión, las personas mayores de 40 años, si bien en su mayoría integran perfectamente el grupo de Población Económicamente Activa, presentan mayor riesgo de exclusión laboral al quedar desempleados, y por lapsos muchos mayores solo por su edad. Situación discriminatoria que se agrava por otros condicionantes como los problemas de salud, el acceso a la tecnología, el nivel educativo, etc. Para combatir los mercados laborales exclusivos es necesario el accionar del Estado a través de políticas públicas que contemplen específicamente estas situaciones. En este sentido, remarcamos la opinión de un usuario de nuestro sitio web que reclama no solo por la figura del Defensor Nacional del Pueblo, que desde 2009 se convirtió en una omisión constitucional permanente en perjuicio de toda la población en general, sino además por una Defensoría del Pueblo para Personas Mayores. Difundimos y adherimos a su reclamo.
Comentarios